A la Opinión Pública – Doc. Ricardo Arias Mora
Frente a la noticia acerca de una sentencia emitida en mi contra, debo manifestar lo siguiente:
1. En la sentencia proferida en el día de hoy, donde se me ABSUELVE de presuntos delitos de prevaricato, peculado y contrato sin cumplimiento de requisitos legales, únicamente se me hace responsable de un presunto interés indebido en la celebración del contrato en la adquisición de la nueva sede del FNA, hecho acaecido hace 12 años.
2. Ante este último señalamiento, presenté mi inmediata apelación, por lo que la condena no está en firme y en consecuencia no produce afectación alguna a mis libertades y derechos civiles y políticos.
3. La sentencia me ABSUELVE del delito de prevaricato, por considerar que no emití ningún concepto o tomé decisión alguna que fuera contraria a la ley.
4. La sentencia a su vez, también me ABSUELVE del delito de peculado, por encontrar que no hubo apropiación de recursos del Estado en favor propio o de terceros, y en consecuencia tampoco detrimento patrimonial alguno para la entidad.
Nota: En relación con ese presunto delito de peculado, debo destacar que la propia Contraloría General de la República también me había ABSUELTO de responsabilidad fiscal alguna, fallo que superadas sus dos instancias está en firme.
5. La misma sentencia proferida el día de hoy, me ABSUELVE también de la presunta comisión del delito de “contrato sin cumplimiento de requisitos legales” al comprobar que se cumplieron todos los pasos que la ley exige.
Nota: También sobre este presunto delito, debo destacar que la Procuraduría General de la Nación me había dictado fallo sin responsabilidad disciplinaria, es decir me ABSOLVIÓ en juicio disciplinario, por considerar que el contrato se ajustó a la normatividad legal y de contratación aplicable a la entidad por la época de la compra del inmueble. Fallo que igualmente se encuentra en firme.
En consecuencia:
Lo expresado en el día de hoy y apelado de inmediato por mi parte, NO está relacionado (como se dijo en algún medio de comunicación) con supuestos sobrecostos en la compra del predio de la nueva sede del FNA. Lo cual se comprueba con las ABSOLUCIONES hoy recibidas.
Por el contrario:
Lo expresado en el día de hoy, me ABSUELVE de tres presuntos delitos, (Prevaricato, Peculado, Contrato sin cumplir requisitos legales) absolución que NO fue apelada ni por la Fiscalía, ni por el Agente del Ministerio Público, entiéndase la Procuraduría General de la Nación.
Resta ahora de mi parte pacientemente demostrar en mi apelación, que respecto de ese único señalamiento que subsiste, existe explicación suficiente conforme a las pruebas practicadas en juicio, para desvirtuarlo de manera jurídica, decente y ordenada, siempre con el debido respeto a las instituciones del Estado.
¡DIOS ES MI JUEZ! A ÉL ME AFERRO!!!
Ricardo Arias Mora – Bogotá D.C., 18 de diciembre de 2024